Una de las novedades que nos trae la CNMC con esta normativa es la creación de tarifas exclusivas para puntos de suministro con punto de recarga para vehículo eléctrico, con el que se incentiva un mayor uso del vehículo eléctrico y conlleva un ahorro en la factura de la luz.

Si tienes un negocio y tus empleados hacen uso del vehículo eléctrico o híbrido enchufable estas tarifas pueden interesarte.

¿Cuáles son los requisitos para contratar las tarifas de punto de suministro de punto de recarga?

Aquí te contamos cuáles son los requisitos que debe cumplir tu punto de suministro para que puedas contratarlas.

En primer lugar, el punto de suministro tiene que ser utilizado exclusivamente para la recarga de vehículo eléctrico.

Un segundo requisito es que el punto de recarga que tengas instalado debe ser de acceso público y contar con un certificado de instalación.

También, se aplican estas tarifas para puntos de suministro que se encuentren en redes de tensión inferior a 30kV y cuya potencia sea superior a 15kW.

¿Qué tarifas se aplicarán?

Estos serán los peajes de aplicación:

  • Peaje 3.0TDVE: cuya tensión no es superior a 1kV y la potencia contratada es superior a 15kW. Contará con 6 términos de potencia y 6 términos de energía.
  • Peaje 6.1TDVE: con una tensión superior a 1kV e inferior a 30kV, al igual que la anterior, contará con 6 términos de potencia y 6 términos de energía.

 

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